lunes, 26 de marzo de 2012

Introducción


La introducción de los juicios orales implica una modificación de los diferentes componentes que integran el sistema de justicia penal, en virtud de la sustitución del modelo penal mixto por uno predominantemente acusatorio y oral, regido por los principios procesales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

Este informe, contiene información sobre qué son los juicios orales lo cual nos dice que un juicio oral es un procedimiento acusatorio que consta de la investigación, una etapa intermedia y la etapa del juicio oral, éste consiste en una audiencia que se lleva a cabo para decidir de forma definitiva sobre la culpabilidad o inocencia del imputado, también contiene información especifica sobre sus tres fases.  

Este documento contiene información que nos dice para qué sirven los juicios orales, diciendo esto que nos sirve para que se cumpla lo estipulado en la constitución referente a una impartición de justicia pronta y expedita. Y como en México se quiere establecer los juicios orales en sus 32 entidades en las cuales ya en 4 se practican los juicios orales. Dejando en claro que los juicios orales, tendrán las mismas etapas de un juicio escrito, solo que en menor número de  audiencias y de forma oral, esto se hace con el objetivo de reducir tiempo y dinero.

También contiene un poco de información sobre la oralidad y la sentencia; la oralidad, el proceso y el juez, y sobre los juicios orales en materia penal la cual implica principalmente una tarea de planeación estratégica de políticas públicas.




Presentación en Diapositivas:









¿Qué son los Juicios Orales?





El juicio oral es una etapa del procedimiento acusatorio adversarial. Este consta de la etapa de investigación, etapa intermedia y etapa de juicio oral.
Consiste en una audiencia que se lleva a cabo para decidir de forma definitiva sobre la culpabilidad o inocencia del imputado.

Esta audiencia se lleva a cabo respetando los principios del procedimiento acusatorio, como la publicidad, la oralidad, la inmediación...etc.

Se inicia con los alegatos de apertura de la defensa y la fiscalía. Posteriormente se desahogan las pruebas, se dan los alegatos de clausura y el juzgador (en algunos casos son varios jueces) resuelven de manera inmediata sobre la responsabilidad o no del imputado en el delito.
Posteriormente se lleva a cabo la audiencia de individualización de la pena, que en algunos casos se lleva a cabo ante un juez ejecutor o bien ante el mismo juez o tribunal del juicio oral.

Fases


Hay una primera fase que se le llama instrucción, diligencias previas o bien diligencias urgentes según se trate del delito que se esté enjuiciando.

En esta primera fase lo que se trata es de esclarecer los hechos y averiguar le delito, asegurar los testigos y víctimas, acordar la presión provisional sé si da el caso y medidas cautelares de embargo cuando sea oportuno.


Después hay una etapa intermedia de preparación del juicio oral en la que se presentan los escritos de acusación y defensa en donde las partes definen sus pretensiones, los cargos, en definitiva de lo que se les acusa y de las pruebas que ponen encima de la mesa para incriminar.



Aquí el juez acuerda las pruebas que se van a realizar y manda a señalar la fecha del juicio.
La última fase es el juicio oral en él se practican las pruebas, se interrogan a los testigos, intervienen peritos, ministerio fiscal, responsables civiles y los perjudicados. Se le concede la palabra al acusado para expresar su última palabra. El juez valora las pruebas y dicta sentencia.

¿Para Qué Sirven los Juicios Orales?


Los juicios orales sirven para que se cumpla lo estipulado en la constitución referente a una impartición de justicia pronta y expedita.

Conlleva a que los juicios orales sean más transparentes ya que solo tendrán valor las pruebas desahogadas ante el juez y tienen más legalidad con ello implica que todos los involucrados dentro de cualquier proceso desde sus inicios sean personas capacitadas como los son los policías a los cuales se les exigirá estar más preparados, y evitar abuso de autoridad de cualquier jerarquía.




 

Juicios Orales en México

 





En el 2008 el congreso aprobó diversas reformas en materia judicial para adaptar los juicios orales a la impartición de justicia en el país. Sin embargo, junto con el distrito federal apenas son 4 de 32 entidades las que han adaptado esta modalidad.
Los estados en los cuales ya se practican los juicios orales son: Nuevo León, Chihuahua, Oaxaca y el estado de México. Cabe mencionar que cada entidad tiene su propio estilo.


El propósito de la reforma es que a partir del 2016 el país deje de aplicar el sistema de justicia inquisitorio, basado en integración de expedientes escritos, a uno acusatorio, fundamentado en juicios orales públicos, en los que se enfronten la autoridad y el abogado defensor de un acusado.

La oralidad y la Sentencia


La estructura del proceso tiene íntima relación con su resultado final que es la sentencia. Esta, en su núcleo estará integrada por el par, hecho-derecho, al que tendrá que abordar el juez desde las presentaciones de las partes y conforme los elementos de juicio que se hubieran aportado.

Se insiste actualmente en la importancia de que la decisión sea justificada, acorde con las nuevas exigencias del mundo jurídico. De ello se deduce la importancia de la interpretación jurídica a cargo del magistrado, que debe dar una respuesta a los justiciables, en aras de la protección judicial efectiva.


 

La Oralidad, el Proceso y el Juez


 




Desde el punto de vista del proceso en sí, el sistema oral otorga una participación más efectiva del juez, permitiendo un juicio más justo y objetivo, que asegure la igualdad de las partes. Entiende que la verdadera fórmula para aproximar la justicia al pueblo, para hacerla más realista, más justa, es a través del aumento de los poderes de los jueces, de modo que estos puedan suplir las dificultades de la parte más débil y que el objetivo solo puede encontrar su plena realización, en el sistema oral.




 


Juicios Orales en Materia Penal


 
La implementación de los juicios orales en México, en materia penal, implica principalmente una tarea de planeación estratégica de políticas públicas, que comprende básicamente los siguientes tres rubros:
a) Adecuación de la legislación secundaria. Este rubro es necesario modificar diez ordenamientos legales:
1. Ley de seguridad pública.
2. Ley orgánica de la procuraduría general de la república.
3. Ley federal de la delincuencia organizada.
4. Ley orgánica del poder judicial de la federación.
5. Código penal
6. Código Federal de Procedimientos Penales
7. Ley de Amparo
8. Ley de Justicia para Adolescentes;
9. Ley Federal de la Defensoría Pública
10.Ley de Ejecución de Sanciones.
 
b) Capacitación de los actores jurídicos. La actividad de capacitación se debe de desarrollar considerando a todos los actores jurídicos por igual, sin exclusión de función competencial o nivel gubernamental, esto es, debe comprender de manera integral a: los agentes policiales, agentes del Ministerio Público, juzgadores, secretarios de juzgado y tribunal, defensores públicos, peritos, abogados y docentes. Asimismo, debe ser enfocada en la trasmisión de los conocimientos jurídicos que vayan más allá del dominio de la expresión oral y se enfoquen en el conocimiento del sistema acusatorio garantista.




 

c) Dotación de recursos materiales. La dotación de recursos, implica una gran tarea de planeación estratégica, en la que se requiere la intervención de los órganos de gobierno y administración de cada una de las instituciones que intervienen en el proceso penal, para efecto de establecer de manera precisa los costos fijos y de operación que se necesitarán para hacer posible su participación, por ejemplo, en el Poder Judicial, la construcción y operación de los juzgados de control, instrucción, de juicio oral, de justicia para adolescentes y de ejecución de penas.





Conclusión


Un juicio oral es cuando un acusado y un acusador con sus respectivos abogados se encuentran frente al fiscal que presenta argumentos sobre el caso frente a un juez de cabecera y un jurado que más adelante dictaminara el fallo a favor o en contra del acusado y el juez de cabecera dictara sentencia todo dentro de la corte correspondiente.

Los juicios orales tendrán las mismas etapas de un juicio escrito, solo que en un menor número de audiencias y de forma oral, esto se hace con el objetivo de reducir tiempo y dinero. La reforma constitucional que fue aprobada por el senado y el congreso constituyente en marzo del 2008 a la cual se dio un margen de tiempo, es decir, hasta el año 2016 para que en los congresos locales fueran reformadas a su vez los códigos de procedimientos penales de 31 estados y el distrito federal.

 
Como dato podemos precisar que hay estados en los cuales los juicios orales, motivo de la reforma en lo substancial, ya se encuentran vigentes. Chihuahua, Nuevo León, Oaxaca, estado de México, son localidades que los han empleado a veces con éxito y obstáculos.


La implementación de los juicios orales en México, en materia penal, implica principalmente una tarea de planeación estratégica de políticas públicas, que comprende básicamente los siguientes tres rubros:
a) Adecuación de la legislación secundaria. Este rubro es necesario modificar diez Ordenamientos legales.

b) Capacitación de los actores jurídicos. La actividad de capacitación se debe de desarrollar considerando a todos los actores jurídicos por igual, sin exclusión de función competencial o nivel gubernamental. Así mismo, debe ser enfocada en la trasmisión de los conocimientos jurídicos que vayan más allá del dominio de la expresión oral y se enfoquen en el conocimiento del sistema acusatorio garantista.

c) Dotación de recursos materiales. La dotación de recursos, implica una gran tarea de planeación estratégica, en la que se requieren la intervención de los órganos de gobierno y administración de cada una de las instituciones que intervienen en el proceso penal, para efecto de establecer de manera precisa los costos fijos y de operación que se necesitaran para hacer posible su participación.